Mujer llorando, asesoramiento y psicología para terapia, salud mental y crisis vital. Paciente triste, ansiedad y depresión en psicólogo para consulta médica, curación y asesoramiento de problema de trauma.
Compartir en Facebook
Compartir en X
Compartir en LinkedIn

La Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) permite a las personas maltratadas por un ciudadano estadounidense o residente permanente escapar de su situación y solicitar la residencia permanente en EE.UU. independientemente de su maltratador. Este proceso ayuda a las víctimas a escapar de situaciones de maltrato y buscar protección sin dejar de poder permanecer en Estados Unidos. 

Requisitos

Para poder acogerse a una autopetición VAWA, debe cumplir los siguientes requisitos:

Relación con el agresor: Debe ser cónyuge o hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense o residente legal permanente, o padre o madre de un ciudadano estadounidense que tenga al menos 21 años. Se le considera cónyuge, pretendiente a cónyuge o ex cónyuge de un ciudadano estadounidense o residente legal permanente maltratador si usted está casada actualmente con el maltratador; su matrimonio terminó en los 2 años anteriores a la presentación de la solicitud (fallecimiento o divorcio debido a malos tratos); su cónyuge perdió la nacionalidad estadounidense o la residencia permanente en los 2 años anteriores a la presentación de la solicitud debido a un incidente de violencia doméstica; usted pensaba que estaba legalmente casada, pero el matrimonio no era válido debido a la bigamia del maltratador.

Pruebas de abuso:

  • Agresión: Cualquier contacto físico no consentido como golpes, asfixia o abuso sexual.
  • Crueldad extrema: Abarca el maltrato no físico, como las amenazas, el aislamiento, el control económico, la humillación y la manipulación psicológica. Implica patrones de comportamiento dirigidos a controlar o aterrorizar a la víctima. 

Requisito de residencia: Residir o haber residido con un familiar ciudadano de EE.UU. o residente legal permanente que le maltrate.

Buen carácter moral: Debe demostrar que es una persona de buena conducta moral. 

Matrimonio de buena fe: Tiene que demostrar que su matrimonio se celebró de buena fe, y no con el fin de obtener una Tarjeta Verde. 

Documentación necesaria

  • Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial;
  • Pruebas de maltrato: Proporcione documentación de los malos tratos (agresión y/o crueldad extrema), como informes policiales, historiales médicos, órdenes de alejamiento, declaraciones juradas de profesionales (por ejemplo, consejeros, médicos) o cualquier otra prueba que demuestre la naturaleza abusiva de la relación. Incluya también la sentencia definitiva de divorcio o anulación si su matrimonio se disolvió por divorcio por maltrato físico o crueldad extrema. 
  • Prueba de parentesco: Aporte pruebas de su relación con el agresor, como certificados de matrimonio, partidas de nacimiento u otros documentos pertinentes.
  • Prueba de matrimonio de buena fe (para los cónyuges): Incluya documentos financieros conjuntos, fotos y declaraciones juradas de amigos y familiares que atestigüen la autenticidad del matrimonio.
  • Declaración personal: Escriba una declaración detallada en la que describa los malos tratos y su impacto en usted, así como sus experiencias en la relación.

Solicitar la residencia permanente en EE.UU.

Con un Formulario I-360 aprobado y cumpliendo otros requisitos, usted y sus hijos derivados pueden solicitar una Tarjeta Verde. Si se encuentra en los EE.UU. y hay un visado disponible, puede presentar el Formulario I-485 para ajustar su estatus sin salir del país. Puede presentar el Formulario I-485 al mismo tiempo, mientras espera o después de que se apruebe el Formulario I-360. Si está fuera de EE.UU., su petición irá al Centro Nacional de Visados para su tramitación consular cuando haya un visado disponible.

PREGUNTAS FRECUENTES

  • ¿Qué pasa si mi agresor ha perdido o renunciado a la nacionalidad estadounidense o a la residencia legal permanente o ha fallecido? Aún puede presentar una autopetición VAWA en determinadas circunstancias .
  • ¿Puedo incluir a mis hijos en mi petición? Si es usted cónyuge o hijo de un ciudadano estadounidense o residente legal permanente, puede incluir a sus hijos solteros menores de 21 años como beneficiarios derivados.
  • ¿Puedo trabajar en EE.UU.? Si su Formulario I-360 es aprobado, puede solicitar un permiso de trabajo si marcó la casilla correspondiente en el formulario antes de presentarlo. Si no lo hizo, presente el Formulario I-765 por separado. Sus hijos derivados también pueden solicitar un permiso de trabajo con su propio Formulario I-765.
  • ¿Tengo derecho a prestaciones públicas? Sí, si usted está solicitando como cónyuge o hijo de un ciudadano estadounidense o residente permanente abusivo si puede establecer la elegibilidad para el Formulario I-360 o ya tiene un I-360 aprobado. 

If you are considering filing a VAWA self-petition and need guidance, consider scheduling a 30-minute free consultation with the Donald Gross Law Group Firm.